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Conozca si es beneficiario de la Tarifa Social Provincial de Electricidad:

A partir del 1° de Febrero de 2019, el Gobierno Nacional discontinuó el beneficio que venía otorgando a través de la Tarifa Social desde el año 2016.

Por este motivo, el Gobierno de la Provincia de Río Negro, mediante Decreto N° 345/19 y con fondos íntegramente provinciales dispuso la creación de una Tarifa Social Provincial de Electricidad para los usuarios de Río Negro que se encuentren en situaciones de vulnerabilidad socioeconómica.

Para orientar esta asistencia económica respecto de aquellos usuarios que más lo necesitan, el EPRE suscribió un convenio de colaboración con el SINTYS (Sistema de Identificación Nacional Tributario y Social). Por este motivo, los usuarios no tienen que realizar ningún trámite para recibir la Tarifa Social, resulta enteramente automática ya que el propio Ente Regulador verifica los criterios de inclusión y exclusión a través de las bases de datos provistas por el SINTYS y las respectivas Distribuidoras.

La Tarifa Social, es otro esfuerzo de la Provincia de Río Negro que se suma a los subsidios provinciales ya existentes para usuarios residenciales, tales como jubilados, discapacitados, excombatientes de Malvinas, etc.

Consulte si Ud. accede a la Tarifa Social Provincial de Electricidad según su Distribuidora

Logo de EdERSA
  • Empresa de Energía de Río Negro SA
Logo de CEB
  • Cooperativa de Electricidad Bariloche Ltda.
Logo de CEARC
  • Coop. de Electricidad y Anexos de Río Colorado Ltda.

Criterios de Inclusión:

  • Ser jubilado o pensionado o trabajador en relación de dependencia que perciba una remuneración bruta menor o igual a DOS (2) Salarios Mínimos Vitales y Móviles.
  • Ser trabajador “monotributista” inscripto en una categoría cuyo ingreso anual mensualizado no supere en DOS (2) veces el Salario Mínimo Vital y Móvil.
  • Ser beneficiario de una Pensión no Contributivas y percibir ingresos mensuales brutos no superiores a DOS (2) veces el Salario Mínimo Vital y Móvil.
  • Ser titular de programas sociales.
  • Estar inscripto en el Régimen de Monotributo Social.
  • Estar incorporado en el Régimen Especial de Seguridad Social para empleados del Servicio Doméstico (Ley N° 26.844).
  • Estar percibiendo el seguro de desempleo.
  • Ser titular de una Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.
  • Contar con certificado de discapacidad expedido por autoridad competente.
  • Tener el titular o uno de sus convivientes una enfermedad cuyo tratamiento implique electrodependencia.

Criterios de Exclusión:

  • Registro de propiedad Inmueble. Quedarán excluidos aquellos titulares de más de un inmueble.
  • Padrón de Automotores. Quedarán excluidos aquellos cuyos modelos tengan hasta DIEZ (10) años de antigüedad. Este criterio no aplica a quienes posean certificado de discapacidad o electrodependencia.
  • Embarcaciones o aeronaves de lujo. Quedarán excluidos quienes posean aeronaves o embarcaciones de lujo.

Normativa vigente:

Decreto N° 345/19
Resolución SEE N° 133/19
Decreto Provincial 300/20
Resolución EPRE N° 260/19